viernes, 28 de marzo de 2008

INNOVA CHILE (CORFO) – Lo que no logré aclarar

Según se lee en la página http://www.corfo.cl/, INNOVA CHILE es el resultado de un esfuerzo articulado para perfeccionar y fortalecer el instrumental de fomento productivo de la CORFO”. En la organización de CORFO aparece justamente entre otros cargos Directivos, el de Director Innova Chile. En la actualidad, este cargo lo ocupa el Sr. Claudio Maggi Campos, y anteriormente fue ocupado por el Sr. Jean Jacques Duhart.

En la página mencionada no aparecen (al menos no las encontré) las funciones del Director ejecutivo de Innova Chile, pero éstas debieran ser las que aparecen definidas en la página http://www.innovacion.cl/ para el Director ejecutivo de CHILE INNOVA (notar que las dos palabras están en orden distinto).

De entre las principales funciones de la Dirección ejecutiva de Chile Innova, deseo destacar las siguientes dos:
- Llevar un sistema de información acerca de la evolución del Programa, sus subprogramas y componentes,
- Participar y coordinar los trabajos de seguimiento del Programa durante su ejecución, así como de su evaluación intermedia y ex post.

En consideración a estas dos funciones, y dado que en su oportunidad no tuve una respuesta satisfactoria que aclarara mis inquietudes respecto al desarrollo de algunos proyectos, voy a hacer público un mail que le envié (23/11/2006) al Director ejecutivo de ese entonces, el Sr. Jean Jacques Duhart.

El texto del mail es el siguiente:

Sr. Jean Jacques Duhart:

Los comentarios que a continuación haré tienen relación con lo que dijo ayer la Presidenta Bachelet, en el sentido de que “la gente tenía la impresión de que a pesar de las denuncias… nadie hace nada”. Le aclaro que mis comentarios no tienen ningún afán protagonista ni persecutorio porque si así fuera, probablemente me hubiera resultado más fácil haber enviado una carta al director de algún medio de comunicación y haber “intentado armar” algún escándalo público. Además, le hago ver que a la gran mayoría de las personas que pudieran aparecer involucradas ni siquiera las conozco. Lo que me anima es solamente un sentido de responsabilidad social y que mi única intención es contribuir a que las instituciones funcionen mejor.

Aclarado lo anterior, paso a hacerle los siguientes comentarios y a entregarle algunos antecedentes:

- Proyecto 205-5491

En el e-mail que Ud. me envió ayer, según lo que yo entendí, Ud. me argumentó que el proyecto simplemente había sido devuelto por no cumplir con los criterios de elegibilidad establecidos en las bases. En su e-mail se lee lo siguiente: “aparecía como empresa gestora doña Elsa Bravo S. (en representación de la Sucesión de don Víctor Bravo)”. Sin embargo, no es eso lo que aparece en el “Sistema de Gestión de Proyectos INNOVA”. Allí aparece de manera explícita que la empresa gestora es el Sr. Víctor Bravo Henríquez, Rut: 033358865 (fallecido el 24 de mayo de 2004 a las 12:00 horas).

¿Cómo se puede entender lo que Ud. me argumenta?
¿Lo anterior sería una simple equivocación o podría ser un hecho constitutivo de delito?

- Proyecto 206-5034

En su e-mail de ayer, Ud. me dice: “le agradeceré hacernos llegar los antecedentes precisos y concretos que usted posea para analizarlos en su mérito, pues en su comunicación usted solamente indica “una situación, que a mi entender, es poco clara en relación a la postulación” y “en la cual, a mi parecer, el Subdirector de Innova ha tenido una participación discrecional””.

Creo que es de su responsabilidad averiguar si tal comportamiento habría sido o no discrecional. En el caso de que dicho comportamiento hubiera resultado ser cierto, me habría gustado conocer las medidas que Ud. habría adoptado para que no se repitiera.

A pesar de lo anterior, le voy a dar los antecedentes objetivos del por qué yo le dije que “a mi parecer, el Subdirector de Innova había tenido una participación discrecional”:
a) En el señalado proyecto yo actué como evaluador, b) El día 04/julio/2006 yo despaché mi informe sobre su evaluación técnica. En mis conclusiones y recomendaciones se lee lo siguiente: “Rechazar este proyecto tal como está formulado y recomendar a la empresa que presente otro orientado directamente a los aspectos de innovación tecnológica que se necesita desarrollar para llegar a fabricar centradores de rodillos”, c) El 23/agosto/2006 recibí un e-mail del Subdirector en el que se lee: “Se han juntado con la empresa para formularle las observaciones? Que plazo se le dió para responder a la solicitud de informaciones?”, d) El mismo día 23/agosto/2006 yo respondí el e-mail anterior, y le dije al Subdirector: “En relación al mail recibido, me permito aclararle que mi responsabilidad es evaluar técnicamente proyectos de innovación. Mi responsabilidad no es guiar a las empresas para que logren la aprobación de sus proyectos, e) el día 05/sept/2006 fuí citado para concurrir a informar sobre el proyecto en la sesión de Comité que se realizaría el 13/sept/2006, f) El día 8/sept/2006 en enteré de que a la empresa proponente (Implemin S.A.) se le había dado más plazo (7 días) para que entregara antecedentes adicionales, g) El mismo día 08/sept/2006 yo le envié a Ud. el e-mail donde le planteo lo que a mi parecer constituía una participación discrecional del Subdirector.

Adicionalmente le puedo mencionar que el proyecto 206-5034 fue finalmente rechazado en sesión de Comité del día 04/octubre/2006. Sin embargo, lo más curioso de toda esta historia es que la empresa postulante del proyecto fue vendida a fines del mes de septiembre (hoy se llamaría Sandvik Cerrillos) y, como cualquiera podrá entender, este tipo de negociaciones no se realiza de un día para otro.

- Proyecto 205-4323

Cómo se puede entender que ejecutivos de proyectos abandonen INNOVA y, aparentemente, desaparezca parte de la documentación y nadie haga nada. Esto se lo digo porque me correspondió evaluar el avance del proyecto 205-4323. Este proyecto fue presentado a Comité N°8 con fecha 28/julio/2005 y tenía un plazo de ejecución de 9 meses. La visita técnica de avance (no la final) por el período hasta el 31/enero/2006 sólo la pude realizar el 27/julio/2006, porque no apareció en INNOVA el respectivo informe de avance.

- Proyecto 205-4377

Cómo se puede entender que se (cometan) errores graves en el “Informe para Comité” al afirmar que en un cierto proyecto se va a desarrollar una cierta tecnología que nunca había sido considerada desarrollar por la empresa proponente. Esto se lo digo porque me correspondió evaluar el avance del proyecto 205-4377. En el Informe a Comité N°9 de fecha 11/agosto/2005, en el punto 1.2 Síntesis del Proyecto, se lee: “Para la producción de la tapa corta gota se desarrollará la tecnología de bi-inyección con poliestireno y silicona…”. En mi opinión, el desarrollo de esa tecnología era lo que hacía atractivo e innovador al proyecto. Por ello en el punto 3.2 Comentarios Técnicos Generales del respectivo Informe de Seguimiento (de fecha 16/junio/2006) yo puse lo siguiente: “Al ser consultado el Director del Proyecto por lo anterior, respondió que la bi-inyección no estaba contemplada en este proyecto y, además, que sólo se inyectaría Kraton (Nota del evaluador: Kraton es un elastómero termoplástico de buena procesabilidad que puede ser inyectado fácilmente”. Además, en el punto 4. Conclusiones Finales y Recomendaciones del mismo Informe de Seguimiento, yo puse lo siguiente: “Este evaluador reconoce que el diseño de una geometría de válvula corta gota que no viole las patentes existentes podría llegar a tener una gran importancia comercial, pero no es claro que contribuya de manera significativa a innovar la tecnología de inyección de polímeros, ni menos aún de inyección y bi-inyección de silicona. A pesar de que de que en el punto 2.2 de los Términos de Referencia en la Fase 4 aparecen como actividades:
1. Pruebas de producción internacionales con inyección en bi-materiales y
2. Análisis y evaluación de resultados a nivel de inyección bi-materiales,
estas actividades no contribuirían significativamente a desarrollar tecnología propia (nacional) sobre bi-inyección. Que se lleguen a producir tapas corta gotas en bi-materiales (con tecnología de bi-inyección foránea), aparecería mas bien como una estrategia comercial para diferenciar el producto a producir del producto existente.
En consecuencia, este evaluador recomienda que este proyecto sea suspendido.”

Cómo se puede entender que este proyecto haya continuado desarrollándose.

- Proyecto 200-2514

Cómo se puede entender que en el Sistema de Gestión de Proyectos de INNOVA, en la Síntesis de este proyecto se diga lo siguiente “ EL PROYECTO DE INNOVACIÓN SE PROPONE COMO OBJETIVO LA INTRODUCCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE NITRURACIÓN IÓNICA AL PAÍS, COMO MÉTODO DE ENDURECIMIENTO DE PIEZAS USADAS SOMETIDAS A DESGASTE EN PROCESOS DINÁMICOS. PRETENDE CREAR LA CAPACIDAD NACIONAL PARA ENDURECER, MEDIANTE ESTE PROCESO, PIEZAS METÁLICAS VITALES QUE PERMITAN EVITAR DESGASTES, AUMENTAR LA DURABILIDAD DE HERRAMIENTAS Y, EN GENERAL, DE TODO TIPO DE PIEZAS UTILIZADAS EN PROCESOS DINÁMICOS”, en circunstancia que esta tecnología fue introducida nacionalmente (con resultados experimentales obtenidos en el país), en el año 1985. Peor aún, cualquiera persona que contacte a la empresa que propuso y desarrolló este proyecto podrá verificar que ella no realiza el proceso de nitruración iónica que ofrecieron introducir en el país. Sin embargo, en el Sistema de Gestión, este proyecto aparece como “Terminado”.

Yo pregunto entonces: ¿alguien verifica que los evaluadores sean profesionales realmente idóneos para realizar su actividad?.
Y, además, pregunto: ¿se cumple cabalmente con la función de la Dirección Ejecutiva de Chile Innova que dice: “Participar y coordinar los trabajos de seguimiento del Programa durante su ejecución, así como de su evaluación intermedia y ex post”?.

COMENTARIO FINAL:

Con todo lo anteriormente expuesto me atrevo a hacer el siguiente comentario: “Qué bien funcionarían nuestras instituciones si los cargos fueran desempeñados por personas idóneas a las que se les exigiera cumplir cabalmente con sus responsabilidades funcionarias”.


Atentamente,

Marco Antonio Béjar Vega

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